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Convocatoria Plazo abiertoBOCMAdministrativo / Auxiliar Madrid

Concesión indemnizaciones – Orden de 19 de marzo de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se inicia procedimiento de concesión de las indemnizaciones previstas en la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la Protección, Reconocimiento y Memoria de las Víctima

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA  Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

Plazas
Publicación
20 de marzo de 2024
Examen
Pendiente

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Tasas de examen

Las tasas varían según la CCAA y el subgrupo. Consulta las bases para el importe exacto y exenciones.

Esta guía es orientativa. Consulta siempre las bases oficiales de la convocatoria para los requisitos y plazos exactos.

Documentos oficiales

El temario completo viene en el PDF de bases publicado por el organismo. Aquí tienes los enlaces oficiales.

Resumen

Resolución y pago El plazo máximo de resolución y notificación de la concesión de las ayudas será de doce meses a contar desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración competente para su tramitación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo. El pago de las ayudas deberá realizarse dentro del plazo de cuatro años desde la fecha de resolución estimatoria de la solicitud conforme establece el apartado 4 del citado artículo 31 de la Ley 5/2018. Octavo Financiación Las ayudas económicas derivadas de las indemnizaciones concedidas al amparo de la presente Orden se sufragarán con cargo al subconcepto 48311 “Ayudas a las víctimas del terrorismo” del programa presupuestario 924M de la Sección 11 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, conforme a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio. Noveno Régimen de impugnación Contra la resolución que se dicte, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición o acudir directamente a la jurisdicción contencioso administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Décimo Efectos La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 19 marzo de… […]

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Fuente oficial: BOCM