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general·19 de octubre de 2026·Actualizado el 23 de octubre de 2026·IAOposiciones

La reforma de la Ley de Dependencia, en vigor desde el 23 de octubre: lo que cambia para tu examen

Si estudias trabajo social, atención sociosanitaria o el bloque de servicios sociales de un ayuntamiento, la Ley de Dependencia es de los temas que más preguntas dan. Desde el jueves 23 de octubre, buena parte de lo que tenías subrayado ha cambiado. Lo dice la Ley 4/2026, de 1 de octubre, publicada en el BOE del 3 de octubre, que entró en vigor a los veinte días.

La respuesta corta

La Ley 4/2026 reescribe casi toda la Ley 39/2006 de dependencia y unos cuarenta artículos de la Ley General de discapacidad (RDLeg 1/2013). Los cambios que más van a caer: el catálogo de servicios pasa de cinco letras a nueve, el art. 28 fija un plazo de 3 meses para resolver, el PIA se hace según la voluntad, deseos y preferencias de la persona, y tener reconocida una dependencia equivale a una discapacidad del 33 % (grado I) o del 65 % (grados II y III). Si tu temario es anterior al 23 de octubre, en este tema ya no está al día.

Qué normas toca

El catálogo de servicios: de cinco letras a nueve

Es la pregunta de test más típica del tema y la primera que se queda vieja. Hasta el 22 de octubre, el art. 15.1 tenía cinco letras: a) prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía personal; b) teleasistencia; c) ayuda a domicilio; d) centro de día y de noche; e) atención residencial. Desde el 23 de octubre tiene nueve:

  1. 1.a) Servicio de prevención de la situación de dependencia.
  2. 2.b) Servicio de promoción de la autonomía personal.
  3. 3.c) Servicio de teleasistencia.
  4. 4.d) Servicio de ayuda a domicilio.
  5. 5.e) Servicio de asistencia personal (nuevo en el catálogo).
  6. 6.f) Servicio de centro de día y de noche.
  7. 7.g) Servicio de cuidados y apoyos en viviendas (nuevo).
  8. 8.h) Servicio de atención residencial.
  9. 9.i) Servicio de provisión de productos de apoyo para la autonomía personal (nuevo).

Trampa: la letra ya no es la misma

La teleasistencia era la letra b) y ahora es la c); la atención residencial pasa de la e) a la h). Si una pregunta dice «según el art. 15.1.e)», ahora es la asistencia personal. Y desaparecen las subdivisiones con números romanos: centro de día para mayores, para menores de 65 años, de atención especializada y de noche.

Grados de dependencia: un cambio pequeño en el grado II

Los grados siguen siendo tres (art. 26.1) y solo cambia la letra b). El grado II, dependencia severa, es ahora cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de una persona cuidadora, o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. Antes decía «actividades básicas de la vida diaria» y «no quiere el apoyo permanente de un cuidador». Los grados I y III no cambian.

El procedimiento: 3 meses en el art. 28, seis en la disposición final primera

El nuevo art. 28.1 dice que el procedimiento se inicia a instancia de la persona que pueda estar afectada o de quien la represente, «estableciéndose un plazo máximo de 3 meses para su resolución». La disposición final primera, en cambio, sigue diciendo que el plazo entre la solicitud y la resolución de reconocimiento de la prestación es de seis meses, y que si pasan sin resolución se genera el derecho de acceso a las prestaciones.

Trampa: dos plazos en la misma ley

Lee bien qué te preguntan. Si es el plazo del art. 28, son 3 meses; si es el plazo hasta la resolución de la prestación de la disposición final primera, seis. Mientras no haya criterio del tribunal, contesta con la letra del precepto que te citen.

El art. 28 gana además un apartado 7: los expedientes se tramitan por orden de incoación, salvo que una situación de especial vulnerabilidad (por factores económicos, de salud, de vivienda, aislamiento social o violencia de género o sexual, entre otros) justifique, motivadamente, tramitarlos de urgencia.

El PIA, según la voluntad de la persona

El Programa Individual de Atención (art. 29) lo establecen los servicios sociales de acuerdo con la persona en situación de dependencia y a propuesta de esta, según su voluntad, deseos y preferencias, que se recogen en un trámite de consulta previa accesible. Si la propuesta de los servicios sociales se aparta de lo que ella quiere, tienen que justificarlo motivadamente y acreditar que han agotado las demás opciones.

El PIA se revisa a instancia de la persona o de quien la represente, de oficio con la periodicidad que fije cada comunidad, y por cambio de residencia a otra comunidad o a Ceuta y Melilla (art. 29.3).

Otros cambios que pueden caer

En la Ley General de discapacidad

Trampa: el preámbulo no es la ley

El preámbulo de la Ley 4/2026 dice que cualquier grado de dependencia equivale a una discapacidad del 33 %. El art. 4.2, que es lo que se pregunta, distingue: 33 % el grado I y 65 % los grados II y III.

Si vas a un ayuntamiento

La disposición final tercera añade al art. 25.2 de la Ley 7/1985 una letra q): la «promoción de actuaciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad» entra en la lista de materias de competencia propia municipal. Y el art. 69.1 exige ahora que la información local se ofrezca en formatos accesibles, siguiendo el principio de diseño universal.

Qué hacer con tu temario

Si tu tema de dependencia es anterior al 23 de octubre, márcalo: el catálogo, el grado II, el art. 28 y el PIA ya no dicen lo mismo. Para revisar cualquier otro tema tienes las tres comprobaciones de cómo saber si un temario está al día. Y en el test de trabajo social del Ayuntamiento de Madrid ya dejamos fuera las preguntas de dependencia y discapacidad por esta reforma.

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Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo está en vigor la reforma de la Ley de Dependencia?+

Desde el 23 de octubre de 2026. La Ley 4/2026, de 1 de octubre, se publicó en el BOE el 3 de octubre y entró en vigor a los veinte días de su publicación.

¿Cuántos servicios tiene ahora el catálogo de la Ley 39/2006?+

Nueve (art. 15.1): prevención de la situación de dependencia, promoción de la autonomía personal, teleasistencia, ayuda a domicilio, asistencia personal, centro de día y de noche, cuidados y apoyos en viviendas, atención residencial y provisión de productos de apoyo.

¿Cuál es el plazo para resolver el reconocimiento de la situación de dependencia?+

El nuevo art. 28.1 fija un plazo máximo de 3 meses. La disposición final primera mantiene, para la resolución de reconocimiento de la prestación, un plazo de seis meses desde la solicitud.

¿Tener reconocida la dependencia equivale a tener una discapacidad?+

A efectos de la Ley General de discapacidad, sí: el grado I equivale a una discapacidad del 33 % y los grados II y III a una del 65 % (art. 4.2). No se aplica en el ámbito tributario.

¿Cómo se llaman ahora los centros especiales de empleo?+

Empresas para la inclusión laboral de las personas con discapacidad (disposición adicional cuarta de la Ley 4/2026).

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