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ResoluciónBOCMCultura (gestión cultural) Madrid

– Buitrago del Lozoya. Organización y funcionamiento. Reglamento Servicio Cultural

Comunidad de Madrid

Plazas
Publicación
5 de diciembre de 2024
Examen
Pendiente
Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya antes de iniciar su actividad

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Resumen

DISPOSICIÓN ADICIONAL Para lo no previsto en este Reglamento se estará a lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, Ordenanza Fiscal número 8 de este Ayuntamiento, reguladora del precio público por la prestación de servicios turísticos, y demás normas que resulten de aplicación. DISPOSICIÓN FINAL El presente Reglamento, entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse a partir de su publicación, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas». Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Buitrago del Lozoya, a 25 de noviembre de 2024.—El alcalde, Francisco Javier del Valle Morales. (03/19.444/24) Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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Fuente oficial: BOCM