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NombramientoBOCMAdministración generalA1 Madrid

Ordenación Especialidades Cuerpos y Escalas Administración Especial – Decreto 80/2024, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las Especialidades dentro de los Cuerpos y Escalas de la Administración Especial de la Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

Plazas
Publicación
29 de julio de 2024
Examen
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Decreto 2024 Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179 Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240729-8 Páginas: 11 Permalink ELI: https://www.bocm.es/eli/es-md/d/2024/07/24/80 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO El artículo 32 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, dispone que los funcionarios al servicio de la Administración Autonómica se integran plenamente en la organización de la Función Pública de la misma, agrupándose por Cuerpos de Administración General y Especial, en razón al carácter homogéneo de las funciones a realizar. A tenor del precepto citado, se clasifican como Cuerpos de Administración Especial aquellos cuyo cometido suponga exclusivamente el desempeño de funciones objeto de un oficio, profesión o titulación específica; asimismo, se establece que, cuando sea necesario, en los Cuerpos de funcionarios se distinguirán Escalas, por agrupación de titulaciones, y se podrán distinguir, en su caso, diferentes Especialidades dentro de un mismo Cuerpo o Escala. Por otra parte, el artículo 38.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, determina que las Especialidades que sean necesarias en cada Cuerpo o Escala a que se refieren los artículos 32 al 37 de la misma Ley se establecerán mediante decreto del Consejo de Gobierno. En uso de esta habilitación, el Consejo de Gobierno ha adoptado, hasta la fecha, las… […]

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Fuente oficial: BOCM